lunes, 9 de junio de 2014

Hostigamiento sexual y concepto

El hostigamiento sexual es una conducta sexual no deseada, verbal o física, que humilla, insulta y *degrada a las personas.
Esta conducta puede ser repetitiva o presentarse una sola vez.
Se da en cualquier espacio, en la calle, en el transporte colectivo, escuela hogar, centro de trabajo, organización o sindicato.

El hostigamiento sexual es una forma de *persecución que suscita una inquietud creciente, abarca una amplia gama de manifestaciones sexuales no deseadas entre las que se encuentran:

Contactos físicos innecesarios, como caricias, rozamientos o palmaditas.
Observaciones sugerentes o desagradables acerca del cuerpo y la vestimenta; chistes, bromas o agresiones verbales.

Invitaciones comprometedoras o que causen incomodidad o malestar.

Demandas de favores sexuales.
Agresión física ante la negativa.
Gestos insultos y bromas pesadas que causan vergüenza o incomodidad.

Miradas *lascivas.
Invitaciones a tener relaciones sexuales no deseadas.
A quien acose sexualmente a otra persona, con la amenaza de causarle algún mal relacionado con la actividad que se le vincula, se le impondrá de seis meses a tres años. Artículo 179 del Código penal de México DF.
Si el hostigador es servidor público y se aprovecha de esta circunstancia, además de la pena prevista en el párrafo anterior, se le impondrá destitución por un lapso igual de prisión impuesta.
Este delito se persigue por *querella, es decir a petición de la parte ofendida.

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